sábado, 17 de diciembre de 2011

Yo cito, tú citas, todos ganamos. Manual del buen periodismo digital de @europaenllamas


Hay quien dice que los periodistas digitales no existen; si ese es su caso probablemente no necesites este manual. En nuestra opinión los periodistas digitales no solo existen sino que además son bastante necesarios, porque operan dando sentido a toneladas de información. Un periodista digital es básicamente alguien que se siente a gusto navegando en internet y tragando cantidades industriales de refritos de información y es capaz de escribir un texto coherente e incluso innovador sobre estas informaciones a priori inconexas. Muchos periodistas “tradicionales” dicen que no existe tal cosa como el periodismo digital, puesto que los periodistas digitales “carecen de fuentes de información y de rigor”. Nosotros consideramos que esto es falso, puesto que por ejemplo streams y tuits en vivo de un discurso político o de una rueda de prensa no solo son fuentes de información sino que además son una fuente extraordinariamente rápida, confiable y privilegiada. Un periodista digital (o quien se defina como tal, o simplemente opere como tal) es alguien que sabe que no hace falta viajar a Madrid si puede obtener una entrevista por Skype ni es necesario acudir a una rueda de prensa si puede verla en vivo a través de internet. Es básicamente un periodista que sabe aprovechar las herramientas digitales puestas a su disposición. A veces, incluso, un periodista digital puede sacarte de un apuro, porque son el tipo de nerds que bajan videos imbajables y los ponen, gratis y bajo licencia Creative Commons, a tu disposición.

Hay una norma única para el buen periodista digital, y es esta:
“Citarás y darás crédito por sobre todas las cosas”
Una norma que parece muy fácil y que en la mayoría de casos se incumple, sea por pereza, por desgana, por falta de tiempo o por ansias de protagonismo. Muchos periodistas, blogueros, tuiteros y demás fauna digital olvidan la importancia de una buena cita a tiempo. En nuestra experiencia, nada te abre más puertas y te granjea más simpatías que citar con un simple link las fuentes que estás utilizando. Citar tiene múltiples usos y casi ninguna desventaja: te hace quedar bien, le da seriedad a tu investigación, te abre puertas y amistades, te construye redes de intercambio de información, le proporciona visitas a tu página, etc. La principal desventaja de citar es que te hace perder tiempo y revela cuáles son tus fuentes de información (si eres celoso de éstas, probablemente no te guste citar). 

Imagen de Simon Cockell (CC)
 
En el mundo de las licencias Creative Commons, además, citar es un requisito imprescindible de las buenas maneras. Técnicamente, apropiarse de un material CC sin darle crédito es ilegal puesto que incumples con los términos de la licencia, aunque dudamos que si infringes esta norma alguien te demande (en general los autores de las licencias CC suelen ser más buena onda y más comprensivos que los que utilizan sus materiales). Alguien ha puesto un material (foto, audio, video, texto…) totalmente gratis a tu disposición, y a cambio solo te pide una cosa: que cites tu fuente. ¿No es mucho trabajo, verdad? Piensa que esa persona ha pasado horas de su vida en tomar esas fotos o montar esos videos, solo para que alguien como tú pueda aprovecharlos e incluso cobrar por ello. Si esa persona no hubiese capturado esos audios o escaneado esos documentos, quizá tú no podrías escribir el artículo por el cual (quizá, solo quizá) te están pagando. Y a cambio, lo único que pide es que reconozcas su trabajo. Si no lo haces, no te demandará (aunque podría hacerlo) porque sabe que, si estás utilizando sus fuentes, es que el tema te interesa y eres “aliado”. Pero tampoco será tu amigo. La memoria de internet es muy larga y cualquiera puede ubicar tarde o temprano que has usado sus fuentes sin citarlas. Piensa que puedes necesitar de esa persona en el futuro. Si lo citas, en cambio, esa persona te considerará un buen investigador y un aliado confiable. Es probable que incluso, con el tiempo, construyas una amistad con ella y pueda pasarte fuentes inéditas que no conoces o avisarte en primicia de acontecimientos que te interesan y que te ayudarán a ser mejor periodista. 

¿Qué se cita?
  • Ideas ajenas de importancia cabal. (Se cita su autor, y si tiene página en internet, también ésta, con un link sobre el nombre. Si es un autor “análogo”, se cita su publicación offline)
  • Se citan imágenes con una leyenda al pie que indique su autor y ubicación en internet. Si no se conoce el autor, se cita la procedencia de la imagen.
  • Se citan audios con una leyenda al pie que indique a su autor y ubicación en internet. Si no se conoce el autor, se cita la procedencia del audio.
  • Se considera que los videos en Youtube y similares no es necesario citarlos, puesto que al embedearlos se llega fácilmente a la página original. Sin embargo, también es de buen gusto darles crédito.
  • Se citan frases textuales extraídas de entrevistas y similares con un link sobre el texto que conduzca a la fuente original.
  • Si publicas un texto entero o un fragmento de en tu blog o web, se cita al autor y dónde fue publicado originalmente. 
¿Cómo se cita?
  • De preferencia, con nombre del autor y link a su web/blog/plataforma sobre el nombre. ¿Por qué? Porque al hacerlo así posicionas la web del autor en Google.
  • Como segunda opción, y si no se conoce la plataforma web del autor, también se puede citar con el nombre de usuario en Twitter.
  • Si el autor no tiene plataforma web propia ni se conoce su usuario en Twitter, se cita una fuente secundaria, o sea el lugar digital de donde se han extraído sus palabras, materiales o ideas.
  • Si el autor no existe en internet (puede pasar con autores muy locales), se reseña una breve biografía y modo de contacto.

Yo cito, tú citas, todos nos citamos. Una práctica ideal que además ayuda a posicionar blogs y páginas en internet. Si yo te cito, tu página sube en el ránking de Google. Si tú me citas, sube la mía. Si yo te cito, doy a conocer a mi público nuevas fuentes de interés. Si tú me citas, tu público me conoce. Intercambio de flujos digitales, de información, de followers, de redes de protección y cuidado digital. Por no mencionar el rigor académico, que no existe solamente en el mundo analógico (sorprende ver como muchos académicos rigurosos en el papel olvidan mágicamente la importancia de citar sus fuentes en cuanto entran a internet). En particular se aprecia que muchos periodistas que en el mundo analógico son muy exigentes con el rigor y las fuentes parecen no considerar necesario un mismo rigor en internet. Si te citas, también te proteges, porque si la información que has posteado resultara ser falsa, imprecisa o simplemente parcial, la culpa no recaería sobre ti sino sobre tu fuente. Cuando citas, delimitas de dónde has sacado tu información y quedas libre de culpa si más tarde se descubre que esa información ha sido manipulada. 

Las redes se construyen linkeando. Linkear es citar. Si estás en internet, si crees en la importancia de construir nuevas y mejores redes…¿por qué no citas?

Llévate estas palabras si te gustan y difúndelas. ¡Pero por favorcito…cita!

viernes, 16 de diciembre de 2011

Bajo ataque, derecho a la difusión de información en México


Cuando el estado mexicano decidió no firmar el ACTA en octubre de 2011, los defensores de la libertad de expresión y de su último reducto (internet) descorchamos una botella de champaña. Ahora, México emprende soterradamente una cruzada de legislación anti-piratería y anti-difusión.

El miércoles 14 de setiembre el senado mexicano aprobó por sorpresa una reforma en la Ley de Propiedad Industrial y en la Ley Federal del Derecho de Autor. Los activistas que durante los últimos años han venido monitoreando las actividades de las Cámaras legislativas en materia de regulación de internet fueron tomados por sorpresa. Y no es extraño: la ley fue reformada fast-track mientras México convulsionaba entre la indignación causada por el asesinato a balazos de tres estudiantes en una manifestación y la histeria provocada por los continuos lapsus del candidato del PRI.
Culpable por defecto y sanciones impagables

La sorpresiva reforma a la Ley de Propiedad Intelectual especifica que a partir de ahora, quien se niegue a dejar entrar al IMPI en su casa o negocio para realizar una inspección, será culpable por defecto de los hechos que se le imputan (art. 206). Abre además la puerta a que la inspección pueda realizarse sin testigos sin que esto afecte el valor probatorio del acta (art.208) y permite que el IMPI tome fotografías y videos con valor probatorio. Otra novedad es que convierte en infracción administrativa impedirle el acceso al personal del IMPI (art.213). En cuanto a la reforma de la Ley Federal de Derechos de Autor (art.232), las sanciones aumentan desde diez mil días de salario mínimo hasta cuarenta mil. O sea, la infracción máxima posible aumenta desde unos 560.000 pesos mexicanos (unos 35.000 euros) hasta la nada despreciable cifra de más de dos millones de pesos (unos 140.000 euros).

En Jalisco, presiones económicas consiguen aprobación de “Ley Mordaza”

Desde el estado de Jalisco llegó otro golpe bajo la semana pasada, cuando los diputados aprobaron también por sorpresa una nueva ley en materia de Transparencia y Acceso a la información, que criminaliza a cualquiera que difunda “información confidencial”. Las sanciones no incluyen solamente a particulares sino también a medios de comunicación que revelen información confidencial. Cabe remarcar que la aprobación de esta ley parece haber estado condicionada a fuertes presiones económicas. Tras un caso de corrupción interna, se descubrió que el Congreso de Jalisco había agotado sus fondos y no tenía dinero para pagar ni el sueldo del mes de diciembre ni el aguinaldo correspondiente a sus diputados y empleados. Un día después de la aprobación de esta ley, el gobierno del estado inició las gestiones para la entrega de fondos al Congreso de Jalisco, presumiblemente, de 200 millones de pesos, pues esta era la cantidad solicitada por el congreso local.

Imagen de rio (CC)

Contra la difusión de información, llega la “Ley Doring”

A cargo del Senador Doring –antiguo detractor del ACTA que repentinamente ha cambiado de bando- llega otra reforma a la Ley Federal de Derechos de Autor y a la Ley de la Propiedad Industrial. Parece claro que el estado mexicano busca criminalizar como sea la libre distribución de información en internet –y no solo la comercialización de material sobre el cual no se poseen los derechos de autor-. Si en una anterior reforma a la Ley Federal de Derechos de Autor ya se había incluido como infracción la “fijación de material de una obra” (“fijación” en referencia a lo que en internet conocemos como “embedeo”), Doring busca ahora criminalizar también la “puesta a disposición” de la obra, sin importar que la distribución de esta se haga con fines comerciales o no. La reforma a la ley es clara: “se entiende por infracción […] la puesta a disposición de copias de obras […] protegidos por los derechos de autor”. La infracción se detectará a través de la IP del usuario, cosa que convierte la reforma en “básicamente una HADOPI”, según la opinión de Geraldine Juárez, la encargada de dar seguimiento a los asuntos cibernéticos de México para la publicación digital ALT1040:
Igual que HADOPI, el cual es un organismo y no solo una ley, el IMPI podrá pedir información al ISP relacionada con la IP asociada al procedimiento. Pero aquí no hay tres notificaciones y no se desconecta a nadie del internet, simplemente se multa. Las infracciones contra la explotación normal de la obra, serán sancionadas por el IMPI con multa de 30 hasta 20000 días de salario mínimo.
Silenciar a los comunicadores mexicanos

Aunque todas estas iniciativas se presentan en un nítido discurso “anti-piratería” o “pro-transparencia”, el convulso contexto social mexicano no puede ser obviado cuando de interpretar los fines que estas leyes persiguen se trata. México es uno de los países más riesgosos en el mundo para ejercer tanto el periodismo como la protección de causas sociales y derechos humanos. Constantes asesinatos y desapariciones de periodistas, comunicadores y defensores de derechos humanos así lo han demostrado. El silencio periodístico se ha extendido ya a numerosos estados del país –particularmente los del norte, aunque no exclusivamente- y los medios de comunicación ya no reportan numerosos hechos de importancia por miedo a la represión que puede llegar en forma de asesinato o desaparición del periodista. Casos de incendios y atentados contra redacciones de medios de comunicación son comunes. Al menos ocho periodistas han sido asesinados en México en lo que va de año, y en total más de 67 han muerto desde el año 2000, según la organización Artículo 19.

Gráfica de Artículo 19
El uso de blogs y redes sociales como forma de comunicación es vital en México, donde por ejemplo, el Blog del Narco es uno de los medios de comunicación anónimos más visitados del país. Igualmente, numerosos blogs anónimos proporcionan información sobre temas que los periódicos no se atreven a tratar. Redes sociales como Twitter permiten el uso de hashtags de prevención que geolocalizan balaceras en estados como Tamaulipas, Chihuahua, Nuevo León, Guerrero y Veracruz. La importancia de estos medios ciudadanos, que a menudo utilizan videos y fotografías con derechos de autor (así como información que en muchos casos podría ser catalogada como “confidencial”) para ilustrar o difundir sus comunicados, no puede ser desestimada.

Esta semana, por ejemplo, tuvimos un caso emblemático del uso de materiales importantes con derechos de autor por parte de las redes ciudadanas. La cadena Univisión subió un video en Youtube donde se mostraba la entrada de un pequeño convoy de soldados estadounidenses en territorio mexicano, video que más tarde fue retirado por la cadena pero que los internautas alcanzaron a copiar y difundir. ¿Es ético criminalizar a los internautas que lo difundieron, sobre todo considerando que ya sin estas violentas legislaciones se trata de ciudadanos que pueden enfrentar riesgos muy variados por sus actividades de difusión? El riesgo de aprobar leyes que criminalicen y penalicen con multas astronómicas estos mecanismos de defensa ciudadana es enorme.